Circula sin preocupaciones este 2024 y descubre las restricciones dispuestas por el Ministerio de Interior en el BOE 27 del 31 de enero de 2024.
La resolución incluye restricciones con el fin de mejorar la seguridad vial, la movilidad y la fluidez de la circulación en las fechas señaladas.
Quedan exentas de estas restricciones las comunidades de Pais Vasco y Cataluña ya que disponen de competencias en cuanto a restricciones de circulación, por lo que recomendamos consultar las disposiciones en los organismos correspondientes.
Además se deben tomar en cuenta las restricciones locales.
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Excepciones:
- Transporte de ganado vivo.
- Transporte de mercancías perecederas (recogidas en el Anexo III del Acuerdo Internacional sobre el transporte de mercancías perecederas, así como frutas y verduras frescas, en vehículos que satisfagan lo expuesto en el Anexo I del ATP). En cualquier caso, la mercancía perecedera deberá suponer al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupar la mitad del volumen de carga útil del vehículo.
- Vehículos de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima, destinados al transporte de envíos postales dentro del ámbito de la prestación del servicio postal universal, de lunes a viernes, ambos incluidos.
- En periodo de campaña de vialidad invernal, aquellos que transporten fundentes para asegurar el correcto mantenimiento de la vialidad de las carreteras.
- Vehículos de auxilio en vías públicas.